Proveer a las personas con síndrome de Down y otras discapacidades, en cualquier momento de su vida, de las prestaciones necesarias para hacerles posible el acceso al currículum, contribuyendo a que logren el máximo de su desarrollo personal y social.
Implementar estrategias de intervención en atención temprana para niños y niñas con síndrome de Down y otras discapacidades, con el fin de intervenir lo antes posible y así, favorecer su desarrollo.
Orientar y apoyar a las familias en las primeras experiencias con su hijo/a con síndrome de Down y otras discapacidades.
Promover y sostener estrategias de integración y participación de las personas con síndrome de Down y otras discapacidades en los ámbitos educativo, social y laboral.
Promover la creación de convenios con la Consejería de Educación y otros Organismos Públicos y Privados.
Extender nuestros recursos y apoyos a todos los sectores de la comunidad educativa que lo soliciten, a fin de mejorar la calidad de la oferta pedagógica, potenciando la inclusividad de las instituciones.
Propiciar la participación activa de las familias, quienes estarán involucradas y compartirán el compromiso por las acciones previstas en el proyecto educativo de sus hijos/as y familiares con síndrome de Down y otras discapacidades.
Promover actividades formativas (charlas, cursos, talleres, etc.) y participar en actividades de formación con profesionales de la Educación, la Medicina, la Psicología, el Derecho y todas aquellas ciencias y disciplinas relacionadas con el síndrome de Down y otras discapacidades.
Promover la realización de estudios o investigaciones en el campo de la Medicina, Educación, Sociología, Derecho y otras ciencias o disciplinas, relacionadas con el conocimiento del síndrome de Down y otras discapacidades, que puedan contribuir a la mejora de su calidad de vida y su desarrollo integral en la sociedad.
Incentivar, en general, la realización de cualesquiera otras actividades que posibiliten o faciliten la información a padres, madres, tutores, tutoras, familiares y profesionales relacionados con las personas con síndrome de Down y otras discapacidades.
En resumen, velar por el cumplimiento escrupuloso de la declaración que la Constitución Española contiene en su Capítulo 3°, artículo 49, sobre “Tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, para el disfrute de los derechos que esta Norma Superior otorga a todos los ciudadanos”.
Asimismo, se busca el desarrollo de una vida normalizada, en un marco de solidaridad, respeto de otras discapacidades, con atención a lo dispuesto en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.